¿Preparado para asarte de calor este invierno con la calefacción de tu oficina? Impide que se “quemen” tus beneficios con los costes energéticos

Seguro que hay días que llegas a la oficina y recibes una bocanada de aire caliente como si te abrieran el horno de una panadería en la cara.
El calor es mayor cuando recibes la factura de la luz y recuerdas esa sensación de despilfarro, sabiendo que la inversión en calefacción supone entre el 35%-47% del consumo eléctrico de una oficina.
Como gestoría energética la temperatura de tu oficina es uno de los muchos elementos que forman parte de nuestra estrategia para conseguir el máximo de eficacia y eficiencia de todo lo relacionado con la energía.
Temperatura ideal en la oficina sin derrochar los beneficios de tu empresa.
IDAE ( Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) nos informa de que por cada grado Cº más en la temperatura de la calefacción, la factura del consumo de energía aumenta un 7%.
Conociendo el importe de nuestra factura energética, es fácil decidir si ponemos el termostato de nuestra oficina a 23Cº o 25Cº.
Ahora bien, bajar la temperatura de manera incorrecta es todavía peor, puesto que estaremos pagando el doble. Por un lado, el consumo de energía y por el otro, la falta de productividad de nuestro equipo.
Está demostrado que la falta de confort por frío hace que la capacidad de trabajo se reduzca significativamente por no hablar de las quejas, mal ambiente, bajas por enfermedad, etc.
Son varios los organismos y estudios que nos indican una temperatura ideal de confort, pero dos son los que nos ofrecen información útil tanto al empresario por temas de eficiencia energética como a los trabajadores por el confort en el puesto de trabajo
IDAE recomienda en su Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios, RITE, una temperatura de confort de los meses de frío de entre 21º a 23º con una humedad del 40%-50%
Otra opinión un poco más anticuada es la del INSST (Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo) , y cumpliendo el Real Decreto 485/1997, marca una temperatura de entre 17Cº y 27 Cº para trabajos realizados en oficina.
Ambos organismos están capacitados para ofrecer los datos necesarios y tener la información de la temperatura en nuestra oficina, pero el informe más exacto del RITE hace más fácil regular unos rangos de confort adecuados

Sistemas de calefacción para tu oficina.
La temperatura de una oficina supone entre el 35-47% de la factura del consumo en energía, y es vital el elegir el sistema de calefacción más adecuado para nuestras necesidades dependiendo del edificio (situación, aislamiento, tamaño,…), número de personas, actividad, etc.
Bombas de calor.
En oficinas pequeñas es frecuente un tipo de instalación que utiliza una bomba de calor aire-aire para proporcionar calefacción o refrigeración según se necesite.
En el exterior se encuentra el condensador, el evaporador y la válvula de expansión y normalmente se considera una segunda unidad que se coloca en el interior de la oficina que es la que aporta el aire con la temperatura regulada.
Para grandes potencias, se utilizan sistemas agua-aire, que se pueden instalar en el interior del local, llevando al exterior el agua de condensación. También se pueden instalar bombas de calor y en este caso se equipan con sistemas agua-agua.
En bloques de oficinas se suelen utilizar los sistemas centralizados. Utilizan un solo equipo productor situado en la azotea del edificio y esta conectado por una red de distribución a los equipos terminales pudiendo regular la temperatura individualmente dependiendo de cada situación/estancia. Puede ser un sistema todo Agua o todo Aire, en función de si se utiliza el agua o el aire como fluido térmico.
Suelo radiante.
Si decidimos invertir más o se están construyendo nuestras oficinas, la instalación de suelo radiante en cooperación con energías renovables (solar, eólicas, geotermia, etc.), crearán un tándem de alta eficiencia y rentabilidad energética.

La instalación de suelo radiante consiste en una red de tubos plásticos de polietileno reticulado, que se instalan debajo del pavimento y de una capa de mortero autonivelante por donde circula agua caliente, pudiendo ser calentada por el sol, con elementos instalados en la azotea del edificio.
Radiadores eléctricos
Uno de los sistemas más habituales en cuanto a calefacción eléctrica son los radiadores eléctricos, que pueden instalarse en las paredes de la oficina o bien ser portátiles y desplazarlos según la estancia que se quiera calentar. Es una instalación es sencilla, no excesivamente costosa y no requiere gastos de mantenimiento.
Calefacción portátil individual, energeticamente correcta, para las personas frioleras de la empresa.
En cada empresa hay una o varias personas que siempre tienen frío, es igual que el termostato de la instalación centralizada esté regulado a 50 Cº, SIEMPRE hace frío.
La solución a estos casos es la calefacción portátil.
Existen varios tipos y se tienen que valorar por la potencia de uso, capacidad de calentar y el alcance o zona a calentar.
Calentador Eléctrico de Aceite.
Económicos, silenciosos, casi nulo mantenimiento y con una alta inercia de calor una vez apagado, pero con una lenta capacidad para calentar una zona.
Termoventiladores
Se utilizan para calentar de manera rápida una estancia pequeña, como podría ser un lavabo a la hora de ducharnos.
No son los más adecuados para nuestra oficina por el ratio consumo/ rendimiento/alcance, pero el mayor inconveniente es que siempre está en funcionamiento el ventilador interno creando un sonido molesto
Estufa eléctrica de infrarrojos y halógena.
Calienta directamente los objetos o personas y no el ambiente, por lo que son muy útiles cuando nos situamos directamente al lado del calefactor y los más adecuados para el personal friolero de nuestra empresa, aunque hay que prestar atención a los pequeños accidentes.

Normativa sobre la calefacción en oficinas.
En España el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, donde en el ANEXO III se recogen una serie de disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y los requisitos en cuanto a ambiente térmico.
Básicamente la normativa indica:
“3. En los locales de trabajo cerrados deberán cumplirse, en particular, las siguientes condiciones:
a) La temperatura de los locales donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares estará comprendida entre 17 y 27 ºC.
La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25 ºC.
b) La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el 70 por 100, excepto en los locales donde existan riesgos por electricidad estática en los que el límite inferior será el 50 por 100.”
(Real Decreto 486/1997 en Pdf)
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